sábado, 25 de octubre de 2025

Concepto de salario, su clasificación y forma de fijarlo

Concepto de salario

De acuerdo con el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el salario es la retribución que el patrón debe pagar al trabajador por su labor. 

Representa el medio de subsistencia del trabajador y su familia, constituye un derecho fundamental protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 123, apartado A, fracción VI, CPEUM).

El salario debe ser remunerador, equitativo y nunca inferior al mínimo legal, garantizando al trabajador una vida digna.


Clasificación del salario según la LFT (Art. 82 al 89).

Según la forma de pago (Art. 83): "El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera."

Tipo de salario

Descripción

Ejemplo

Salario por unidad de tiempo

Se paga conforme al tiempo trabajado (hora, día, semana, quincena o mes).

Un trabajador recibe $250 por día laborado.

Salario por unidad de obra

Se paga por la cantidad de trabajo realizado, sin importar el tiempo invertido.

Un albañil cobra por metro cuadrado construido.

Salario por comisión

Se paga un porcentaje sobre las ventas o ganancias generadas.

5% de comisión por cada venta.

Salario a precio alzado

Se paga por una tarea o proyecto completo

$5,000 por pintar una casa.


Según su capacidad adquisitiva (Art. 90 y 91, relacionados).

Tipos de salario mínimo

Definición

General

Aplica a todos los trabajadores de una zona o región.

Profesional

Aplica a oficios o profesiones específicas (por ejemplo, carpinteros, choferes, secretarias, etc.).

Según su forma de entrega (práctica laboral y Art. 101 LFT, complementario)

Tipo

Definición

Salario en efectivo

Pagado en moneda de curso legal.

Salario en especie

Parte del salario se cubre con bienes o servicios (alimentos, vivienda, etc.), siempre que sea proporcional y justa.

Forma de fijar el salario según la LFT (Artículo 83 y 85)

Artículo 83: “El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera, pero siempre debe ser remunerador y nunca menor al salario mínimo.”

Esto significa que el salario se puede determinar de diversas maneras, siempre respetando el salario mínimo vigente (Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, CONASAMI).

Artículo 85: “El salario debe ser remunerador y nunca inferior al mínimo fijado conforme a esta Ley. Para fijarlo se debe atender a la cantidad y calidad del trabajo, al riesgo, a las condiciones del lugar y al costo de vida.”

Significa que el salario debe cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia, se debe considerar: la cantidad y calidad del trabajo, naturaleza y riesgo del puesto, condiciones del lugar de trabajo.

Otros aspectos importantes (Artículos 84 y 86–89)

Artículo

Contenido

Significado

Art. 84

“El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, primas, gratificaciones, percepciones, habitación, alimentación, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación.”

El salario no es sólo dinero: incluye todas las prestaciones que el trabajador recibe.

Art. 86

"Al trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder a salario igual."

Principio de igualdad y no discriminación salarial.

Art. 87

"Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario."

Prestación obligatoria.

Art. 88

"Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores."

Establece cada cuánto tiempo el patrón debe pagar el salario al trabajador, dependiendo del tipo de trabajo que realiza.

Art. 89

"Para determinar el monto de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores, se tomarán como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84.

Explica cómo calcular el salario base que se utiliza para pagar indemnizaciones o liquidaciones cuando termina una relación laboral o se deben cubrir pagos proporcionales (vacaciones, aguinaldo, etc.).

Cálculo del salario según la Ley Federal del Trabajo (LFT) y salario mínimo vigente

Forma de pago

Fórmula / cálculo del salario diario

Ejemplo práctico

Artículo LFT

Por unidad de tiempo

Semanal ÷ 7, Mensual ÷ 30

Salario mensual $9,000 → 9000 ÷ 30 = 300 pesos diarios

83, 85

Por unidad de obra

Total de producción × precio por unidad (si < mínimo diario, se complementa)

10 piezas × $30 = 300 pesos diarios (≥ salario mínimo)

83, 84

Por comisión

Ventas × % comisión (si < mínimo diario, se complementa)

Ventas $2,000 × 10% = 200 → se paga mínimo diario $250

83, 84

A precio alzado

Pago total ÷ días de trabajo (si < mínimo diario, se complementa)

Proyecto $3,000 ÷ 10 días = 300 pesos diarios

83, 85

Variable / promedio

Promedio de percepciones de los últimos 30 días trabajados

Total percibido $9,000 ÷ 30 días = 300 pesos diarios

89


 De acuerdo a las siguiente consideraciones:

  1. Siempre respetar el salario mínimo vigente según la CONASAMI.
  2. Cuando el salario es variable o por comisión, se calcula el promedio de los últimos 30 días trabajados (Art. 89).
  3. El salario diario incluye todas las prestaciones integradas según el Art. 84.
  4. Para salarios semanales o mensuales, se divide entre 7 o 30 respectivamente para obtener el salario diario.

viernes, 24 de octubre de 2025

Concepto de jornada, clasificación y cuantificación de jornada extraordinaria


Concepto de jornada de trabajo

El artículo 58 de la LFT define la jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su servicio.


Clasificación de la jornada (artículo 60 LFT)

Tipo de jornada

Duración máxima

 

Horario aproximado

Diurna

8 horas diarias (48 semanales)

 

Entre las 6:00 y 20:00 h

Nocturna

7 horas diarias (42 semanales)

 

Entre las 20:00 y 6:00 h

Mixta

7.5 horas diarias

 

Combina horas diurnas y nocturnas (menos de 3.5 h nocturnas)

 


Si la parte nocturna excede de 3.5 horas, ya no se considera jornada mixta, sino se considera nocturna.

Jornada extraordinaria (artículo 66 al 68 LFT)

Cuando el trabajador labora más allá de su jornada legal, se considera tiempo extraordinario o horas extras.

  • Máximo permitido: 3 horas diarias y 9 horas por semana.
  • Pago:
    • Las primeras 9 horas semanales se pagan al doble del salario normal.
    • Si se exceden las 9 horas, se deben pagar al triple.

Fórmula para calcular el pago de horas extraordinarias (Art. 66 al 68 de LFT)

Pago por hora extra = Salario por hora normal x Factor de pago extraordinario

El factor indica cuántas veces se paga la hora extra con respecto al salario normal por hora, de acuerdo con la LFT:

Tipo de hora extra

Factor

Explicación

Horas extras dobles

2

Las primeras 9 horas semanales se pagan al doble del salario normal (Art. 67 LFT).

 

Horas extras triples

3

Las horas que excedan de 9 por semana se pagan al triple del salario normal (Art. 68 LFT).

 


Artículo 66: "Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana."

Aquí se establece el límite máximo legal de horas extras (3 horas por día y hasta 9 horas por semana).

Artículo 67: "Las horas de trabajo extraordinarias se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada."

Esto significa que las primeras 9 horas extras deben pagarse al doble del salario normal. Por eso se usa el factor 2 en la fórmula.

Artículo 68: "El tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada".

Aquí se establece que las horas extras que rebasen 9 semanales se pagarán al triple, porque al pagar el salario normal (100%) más 200% adicional, es decir, 300% en total. Por eso se usa el factor 3 en la fórmula.

Ejemplo práctico:

  • Salario diario = $240
  • Jornada diurna = 8 horas
Si es salario por hora normal:
240 entre 8 = $30 por hora.

Si es pago por hora extra (doble):
30 X 2 = $60 por hora.

Si es pago por hora extra (triple):
30 X 3 = $90 por hora.

Concepto de aguinaldo, cuándo lo recibe, cálculo del mínimo de ley (con su correspondiente fórmula)

 

Capítulo V
Salario

El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), define al aguinaldo como un pago  por el año trabajado  y este artículo dice que:

 Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Párrafo reformado DOF 31-12-1975 

¿Cómo saber cuánto aguinaldo se debe recibir?

  1. Para calcular el aguinaldo se debe saber cuál es el salario base, en su talón de pago existe un concepto así definido o en su contrato de trabajo se define. 
  2. Teniendo el salario base, este se divide entre 15 o entre 30 dependiendo si se se paga cada 15 días o cada mes, para obtener salario base por día.
  3. Una vez obtenido se multiplica por 15                                     



Ejemplo: 

A la quincena

Al mes

Salario base 15,000Salario base 30,000
Salario base por día 15,000/15=1000Salario base por día 30,000/30=1000
Aguinaldo=1000*15=15000Aguinaldo=1000*15=15000

Para un periodo incompleto se paga la parte proporcional de acuerdo a lo que marca el Art. 87 de LFT.

  1. Calcular Salario diario
  2. Dividir 15/365 y multiplicar por salario diario
    • Monto diario proporcional= (Salario diario*15)/365
  3. Aguinaldo proporcional= Monto diario proporcional * días trabajados
El trabajador tienen un año a partir de 20 de diciembre para reclamar su aguinaldo, si es que no lo han recibido.



Concepto de vacaciones y forma de calcularlas

 

Las vacaciones son un derecho otorgado a los trabajadores por el tiempo laborado y se estipula de acuerdo a lo que indica la LFT.

Capítulo IV 

Vacaciones

De acuerdo al Artículo 76 de la Ley Federal de Trabajo (LFT),  las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. 
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios. 

Artículo reformado DOF 27-12-2022



Ejemplo:
 

1 año

2 años

3 años

4 años

5 años

12 días

14 días

16 días

18 días

20 días

A partir del sexto año

10 años

15 años

20 años

25 años

30 años...

22 días

24 días

26 días

28 días

30 días...




El Artículo 77 de la LFT indica que los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.

El Artículo 78 de la LFT estipula que del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera. 

Artículo reformado DOF 27-12-2022 

Estos artículos también hacen referencia a las vacaciones, por lo que se considera importante compartirlos:

Artículo 79.- Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Sí la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados. 

Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones. 

Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Constancia anual


TITULO QUINTO BIS 

Trabajo de los Menores

Título adicionado DOF 31-12-1974

Artículo 179. Los menores de dieciocho años, disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas de dieciocho días laborables, por lo menos. 

CAPITULO III 

Trabajadores de los buques 

Artículo 199.- Los trabajadores tienen derecho a un período mínimo de doce días laborables de vacaciones anuales pagadas, que se aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinticuatro, por cada año subsecuente de servicios. Con posterioridad se aumentará el período de vacaciones en dos días por cada cinco años de servicios.

Las vacaciones deberán disfrutarse en tierra, pudiendo fraccionarse cuando lo exija la continuidad del trabajo. 

Artículo 233.- Los tripulantes tienen derecho a un período anual de vacaciones de treinta días de calendario, no acumulables. Este período podrá disfrutarse semestralmente en forma proporcional, y se aumentará en un día por cada año de servicios, sin que exceda de sesenta días de calendario. 

Artículo 259.- Para determinar el monto del salario de los días de vacaciones y de las indemnizaciones, se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 89.


CAPITULO XII 

Trabajo a domicilio

Artículo 328.- Los trabajadores a domicilio tienen derecho a vacaciones anuales. Para determinar el importe del salario correspondiente se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 89. 

Artículo 336 Bis.- Las vacaciones que se otorguen a las personas trabajadoras del hogar, se regirán por lo dispuesto en el Título Tercero, Capítulo IV de la presente Ley.

Artículo adicionado DOF 02-07-2019 

Concepto de prima vacacional y forma de calcularla

    ¿Qué es la prima vacacional y cómo funciona?

El principal artículo de la Ley Federal del Trabajo (LFT) que rige la prima vacacional es el Artículo 80, es un beneficio económico que se otorga a las personas que trabajan en algunos países como México y que forma parte de su compensación laboral.

Este pago adicional se realiza generalmente en el aniversario del empleado en la empresa y en algunos casos en su periodo vacacional.

Este concepto está regulado por la Ley Federal del Trabajo y establece que debe ser al menos del 25% del salario correspondiente a los días de vacaciones.

Fórmula Práctica:

Determina el salario + Divide tu salario diario entre los 30 días del mes

Calcula el monto + Multiplica tu salario diario por los días de vacaciones que te corresponden.

Calcula la prima + Multiplica el monto de las vacaciones por el porcentaje de la prima vacacional que es 25%.

 



Artículos 76 al 81: Estos artículos en su conjunto conforman el marco legal que regula las vacaciones, incluyendo la cantidad de días de vacaciones a los que se tiene derecho, las condiciones y los pagos relacionados. 
 
Asimismo, es importante no confundir la prima vacacional con el 
salario diario integrado, ya que son dos conceptos distintos en el ámbito laboral, aunque ambos están relacionados con la compensación económica de quienes trabajan.

Mientras que la prima vacacional es un pago extra específico para tus días de descanso, el salario diario integrado incluye todos los componentes salariales, como prestaciones y otros beneficios calculados con base en un promedio diario. 

               1. Determina el Salario

                                                                      

Aplicación

El contenido generado por IA puede ser incorrecto.

Divide tu salario diario entre los 30 días del mes. Si ganas $30,000.00 divide esa cantidad entre 30: 30,000 / 30 = $1,000.00

   
                 2. Calcula el monto
                                           
 


Multiplica tu salario diario por los días de vacaciones que te corresponden. Si tienes derecho a 12 días, el cálculo sería $1,000.00 x 12 = $12,000.00


                             3. Calcula la prima

                                                                      

Multiplica el monto de las vacaciones por el porcentaje de la prima vacacional que es 25%. $12,000.00 x 0.25 = $3,000.00. Este es el monto de la prima vacacional que recibirás.

 Referencia

México, B. (2025, febrero 21). ¿Cómo calcular la prima vacacional en 3 pasos? Bbva.mx. https://www.bbva.mx/educacion-financiera/ahorro/como-calcular-la-prima-vacacional.html



Concepto de salario, su clasificación y forma de fijarlo

Concepto de salario De acuerdo con el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el salario es la retribución que el patrón debe pa...