Concepto de salario
De acuerdo con el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el salario es la retribución que el patrón debe pagar al trabajador por su labor.
Representa el medio de
subsistencia del trabajador y su familia, constituye un derecho fundamental
protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo
123, apartado A, fracción VI, CPEUM).
El salario debe ser remunerador, equitativo y nunca inferior al mínimo legal, garantizando al trabajador una vida digna.
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Tipo de salario |
Descripción |
Ejemplo |
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Salario por unidad de tiempo |
Se paga conforme al tiempo trabajado (hora, día, semana, quincena o mes). |
Un trabajador recibe $250 por día
laborado. |
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Salario por unidad de obra |
Se paga por la cantidad de trabajo realizado, sin importar el tiempo invertido. |
Un albañil cobra por metro cuadrado
construido. |
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Salario por comisión |
Se paga un porcentaje sobre las ventas o ganancias generadas. |
5% de comisión por cada venta. |
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Salario a precio alzado |
Se paga por una tarea o proyecto completo |
$5,000 por pintar una casa. |
Según su capacidad adquisitiva (Art. 90 y 91, relacionados).
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Tipos de salario mínimo |
Definición |
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General |
Aplica a todos los trabajadores de una
zona o región. |
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Profesional |
Aplica a oficios o profesiones específicas
(por ejemplo, carpinteros, choferes, secretarias, etc.). |
Según su forma de entrega (práctica laboral y Art. 101 LFT, complementario)
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Tipo |
Definición |
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Salario en efectivo |
Pagado en moneda de curso legal. |
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Salario en especie |
Parte del salario se cubre con bienes
o servicios (alimentos, vivienda, etc.), siempre que sea proporcional y
justa. |
Forma de fijar el salario según la LFT (Artículo 83 y 85)
Artículo 83: “El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera, pero siempre debe ser remunerador y nunca menor al salario mínimo.”
Esto significa que el salario se puede determinar de diversas maneras, siempre respetando el salario mínimo vigente (Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, CONASAMI).
Artículo 85: “El salario debe ser remunerador y nunca inferior al mínimo fijado conforme a esta Ley. Para fijarlo se debe atender a la cantidad y calidad del trabajo, al riesgo, a las condiciones del lugar y al costo de vida.”
Significa que el salario debe cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia, se debe considerar: la cantidad y calidad del trabajo, naturaleza y riesgo del puesto, condiciones del lugar de trabajo.
Otros aspectos importantes (Artículos 84 y 86–89)
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Artículo |
Contenido |
Significado |
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Art. 84 |
“El salario se integra con los pagos
hechos en efectivo, primas, gratificaciones, percepciones, habitación,
alimentación, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o
prestación.” |
El salario no es sólo dinero: incluye todas
las prestaciones que el trabajador recibe. |
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Art. 86 |
"Al trabajo igual, desempeñado en
puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe
corresponder a salario igual." |
Principio de igualdad y no
discriminación salarial. |
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Art. 87 |
"Los trabajadores tendrán derecho
a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre,
equivalente a quince días de salario." |
Prestación obligatoria. |
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Art. 88 |
"Los plazos para el pago del
salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que
desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás
trabajadores." |
Establece cada cuánto tiempo el
patrón debe pagar el salario al trabajador, dependiendo del tipo de
trabajo que realiza. |
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Art. 89 |
"Para determinar el monto de las
indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores, se tomarán como base el
salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización,
incluyendo en él la cuota y la parte proporcional de las prestaciones
mencionadas en el artículo 84. |
Explica cómo calcular el salario
base que se utiliza para pagar indemnizaciones o liquidaciones cuando
termina una relación laboral o se deben cubrir pagos proporcionales
(vacaciones, aguinaldo, etc.). |
Cálculo del salario según la Ley Federal del Trabajo (LFT) y salario mínimo vigente
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Forma de pago |
Fórmula / cálculo del salario diario |
Ejemplo práctico |
Artículo LFT |
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Por unidad de tiempo |
Semanal ÷ 7, Mensual ÷ 30 |
Salario mensual $9,000 → 9000 ÷ 30 =
300 pesos diarios |
83, 85 |
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Por unidad de obra |
Total de producción × precio por
unidad (si < mínimo diario, se complementa) |
10 piezas × $30 = 300 pesos diarios (≥
salario mínimo) |
83, 84 |
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Por comisión |
Ventas × % comisión (si < mínimo
diario, se complementa) |
Ventas $2,000 × 10% = 200 → se paga
mínimo diario $250 |
83, 84 |
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A precio alzado |
Pago total ÷ días de trabajo (si <
mínimo diario, se complementa) |
Proyecto $3,000 ÷ 10 días = 300 pesos
diarios |
83, 85 |
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Variable / promedio |
Promedio de percepciones de los
últimos 30 días trabajados |
Total percibido $9,000 ÷ 30 días = 300
pesos diarios |
89 |
De acuerdo a las siguiente consideraciones:
- Siempre respetar el salario mínimo
vigente según la CONASAMI.
- Cuando el salario es variable o por
comisión, se calcula el promedio de los últimos 30 días trabajados
(Art. 89).
- El salario diario incluye todas las
prestaciones integradas según el Art. 84.
- Para salarios semanales o mensuales, se divide entre 7 o 30 respectivamente para obtener el salario diario.
