viernes, 24 de octubre de 2025

Concepto de jornada, clasificación y cuantificación de jornada extraordinaria


Concepto de jornada de trabajo

El artículo 58 de la LFT define la jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su servicio.


Clasificación de la jornada (artículo 60 LFT)

Tipo de jornada

Duración máxima

 

Horario aproximado

Diurna

8 horas diarias (48 semanales)

 

Entre las 6:00 y 20:00 h

Nocturna

7 horas diarias (42 semanales)

 

Entre las 20:00 y 6:00 h

Mixta

7.5 horas diarias

 

Combina horas diurnas y nocturnas (menos de 3.5 h nocturnas)

 


Si la parte nocturna excede de 3.5 horas, ya no se considera jornada mixta, sino se considera nocturna.

Jornada extraordinaria (artículo 66 al 68 LFT)

Cuando el trabajador labora más allá de su jornada legal, se considera tiempo extraordinario o horas extras.

  • Máximo permitido: 3 horas diarias y 9 horas por semana.
  • Pago:
    • Las primeras 9 horas semanales se pagan al doble del salario normal.
    • Si se exceden las 9 horas, se deben pagar al triple.

Fórmula para calcular el pago de horas extraordinarias (Art. 66 al 68 de LFT)

Pago por hora extra = Salario por hora normal x Factor de pago extraordinario

El factor indica cuántas veces se paga la hora extra con respecto al salario normal por hora, de acuerdo con la LFT:

Tipo de hora extra

Factor

Explicación

Horas extras dobles

2

Las primeras 9 horas semanales se pagan al doble del salario normal (Art. 67 LFT).

 

Horas extras triples

3

Las horas que excedan de 9 por semana se pagan al triple del salario normal (Art. 68 LFT).

 


Artículo 66: "Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana."

Aquí se establece el límite máximo legal de horas extras (3 horas por día y hasta 9 horas por semana).

Artículo 67: "Las horas de trabajo extraordinarias se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada."

Esto significa que las primeras 9 horas extras deben pagarse al doble del salario normal. Por eso se usa el factor 2 en la fórmula.

Artículo 68: "El tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada".

Aquí se establece que las horas extras que rebasen 9 semanales se pagarán al triple, porque al pagar el salario normal (100%) más 200% adicional, es decir, 300% en total. Por eso se usa el factor 3 en la fórmula.

Ejemplo práctico:

  • Salario diario = $240
  • Jornada diurna = 8 horas
Si es salario por hora normal:
240 entre 8 = $30 por hora.

Si es pago por hora extra (doble):
30 X 2 = $60 por hora.

Si es pago por hora extra (triple):
30 X 3 = $90 por hora.

Referencias

Bouzas, J. A. & Reyes, G. (2017). Derecho individual del trabajo. IURE Editores. https://elibro.bibliotecabuap.elogim.com/es/ereader/bibliotecasbuap/40227

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Última reforma publicada el 15 de octubre de 2025. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm

Ley Federal del Trabajo. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025.Capitulo II. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft.htm

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